Recursos · Lo que la ley deja cargar en carretera
Pesos y dimensiones por país: manda el más estricto.
Peso bruto por configuración, límites por eje, largo, ancho y alto en Costa Rica, Nicaragua, Honduras, El Salvador, Guatemala y Panamá. Cada tabla, con su norma y su fecha.
Peso bruto por país · T3-S2 / T3-S3
Peso máximo en Centroamérica: no hay uno, hay seis.
Existe un acuerdo regional con una tabla común, pero cada país pesa en sus básculas con su propia norma, y el acuerdo no rige igual en todos. Aquí van los seis, lado a lado: bajo cada valor que se aparta del Acuerdo Centroamericano va la diferencia. T3-S2 es el cabezal de 3 ejes con semirremolque de 2; T3-S3, con semirremolque de 3.
| País | Peso bruto T3-S2 | Peso bruto T3-S3 | Largo | Ancho | Alto | Dato |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Acuerdo CentroamericanoTránsito internacional | 37 000 kg | 41 000 kg | 22,40 m | 2,60 m | 4,15 m | Marco regional |
| Costa Rica | 39 000 kg+2 000 kg | 45 500 kg+4 500 kg | 21,00 m−1,40 m | 2,60 m | 4,15 m | fuente oficial |
| Nicaragua | 37 000 kg | 41 000 kg | 22,40 m | 2,60 m | 4,15 m | |
| Honduras | 37 000 kg | 41 000 kg | 22,40 m | 2,60 m | 4,15 m | |
| El Salvador | 37 000 kg | 41 000 kg | 22,40 m | 2,60 m | 4,15 m | |
| Guatemala | 37 000 kg | 41 000 kg | 22,00 m−0,40 m | 2,60 m | 4,15 m | |
| Panamá | 38 300 kg+1 300 kg | 43 900 kg+2 900 kg | 16,70 m−5,70 m | 2,50 m−0,10 m | 4,15 m |
Última revisión: setiembre de 2026. Valores tomados de las normas citadas, con las salvedades de cada dato. La autoridad de cada país los aplica y puede cambiarlos sin aviso: confirmá el peso máximo con tu ejecutivo de GoTruck antes de cargar. Los datos con etiqueta “indicativo” no salen todos de la norma oficial: el motivo está en el bloque de cada país. Ver las 8 fuentes
SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país); SINALEVI (PGR) — Decreto Ejecutivo 31363-MOPT, versión 9 de 9 (30-jul-2026); IHTT — Acuerdo Ejecutivo IHTT-02-2017 (copia escaneada con sellos, alojada por Leyes.HN); Portal de Transparencia (VMT) — Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera, D.L. 367 de 2013; Dirección General de Caminos de Guatemala — presentación de oct-2012 (alojada por un tercero; no es el texto legal); Ley 10 de 1989 (texto de LEGISPAN reproducido por Justia Panamá); Imprenta Nacional — La Gaceta n.º 13 del 19-ene-2005 (Decreto 32191, Tablas 1 a 5).
Referencia, no asesoría.Información de referencia general, revisada contra fuentes oficiales el 30 de setiembre de 2026. No es asesoría legal, aduanera ni comercial y no sustituye el texto de las normas ni las condiciones de cada contrato. Las reglas cambian: confirmá tu caso con tu ejecutivo de GoTruck y con tu agente aduanero antes de embarcar.
Si cruzás fronteras: cargá para el país más estricto.
Una carga que cruza fronteras se arma para el país más estricto de la ruta, no para el promedio. Un camión que sale de Costa Rica pasa por las básculas de cada país que cruza: el límite útil es el menor de todos, y no siempre lo pone el mismo país. El peso puede fijarlo uno y el largo, otro.
| Ruta | Peso bruto T3-S2 | Peso bruto T3-S3 | Largo | Ancho | Dato |
|---|---|---|---|---|---|
| Costa Rica – NicaraguaCosta Rica → NicaraguaPlanificador de ruta · Calculadora de carga | 37 000 kgLo fija Nicaragua | 41 000 kgLo fija Nicaragua | 21,00 mLo fija Costa Rica | 2,60 mToda la ruta | |
| Costa Rica – HondurasCosta Rica → Nicaragua → HondurasPlanificador de ruta · Calculadora de carga | 37 000 kgLo fijan Nicaragua y Honduras | 41 000 kgLo fijan Nicaragua y Honduras | 21,00 mLo fija Costa Rica | 2,60 mToda la ruta | |
| Costa Rica – El SalvadorCosta Rica → Nicaragua → Honduras → El SalvadorPlanificador de ruta · Calculadora de carga | 37 000 kgTodos menos Costa Rica | 41 000 kgTodos menos Costa Rica | 21,00 mLo fija Costa Rica | 2,60 mToda la ruta | |
| Costa Rica – GuatemalaCosta Rica → Nicaragua → Honduras → El Salvador → GuatemalaPlanificador de ruta · Calculadora de carga | 37 000 kgTodos menos Costa Rica | 41 000 kgTodos menos Costa Rica | 21,00 mLo fija Costa Rica | 2,60 mToda la ruta | |
| Costa Rica – PanamáCosta Rica → PanamáPlanificador de ruta · Calculadora de carga | 38 300 kgLo fija Panamá | 43 900 kgLo fija Panamá | 16,70 mLo fija Panamá | 2,50 mLo fija Panamá |
Última revisión: setiembre de 2026. Cálculo propio: el menor valor entre los países que cruza cada ruta, según la norma citada en cada país. No revisa el peso por eje. Confirmalo antes de despachar. Ver las 8 fuentes
SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país); SINALEVI (PGR) — Decreto Ejecutivo 31363-MOPT, versión 9 de 9 (30-jul-2026); IHTT — Acuerdo Ejecutivo IHTT-02-2017 (copia escaneada con sellos, alojada por Leyes.HN); Portal de Transparencia (VMT) — Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera, D.L. 367 de 2013; Dirección General de Caminos de Guatemala — presentación de oct-2012 (alojada por un tercero; no es el texto legal); Ley 10 de 1989 (texto de LEGISPAN reproducido por Justia Panamá); Imprenta Nacional — La Gaceta n.º 13 del 19-ene-2005 (Decreto 32191, Tablas 1 a 5).
La norma cambia en cada frontera. Los puestos por donde pasa la carga están en Fronteras de Centroamérica.
El marco regional: 37 t y 41 t, en tránsito internacional.
El acuerdo: Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014 (Resolución COMITRAN 01-2014). Fija una tabla común de pesos y dimensiones para el tránsito internacional. Quién controla: cada país pesa con su norma nacional y aplica sus propias sanciones. El mismo acuerdo lo deja así.
Según SIECA: vigente para El Salvador, Guatemala y Nicaragua desde junio de 2009 y para Panamá desde el 1 de enero de 2017; en Costa Rica está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa (expediente 12.277); Honduras no figura como depositado.
T3-S2 y T3-S3: contá los ejes.
La sigla cuenta ejes. T es el tractor, que aquí llamamos cabezal; S, el semirremolque: un chasis con su contenedor, un furgón o una plataforma. El número que sigue a cada letra es su cantidad de ejes.
T3-S2 · 5 ejes
Cabezal de 3 ejes con semirremolque de 2 ejes: el chasis de 2 ejes con su contenedor, o un furgón de 2 ejes.
37t
Peso bruto · Acuerdo CentroamericanoT3-S3 · 6 ejes
Cabezal de 3 ejes con semirremolque de 3 ejes: el chasis de 3 ejes, pensado para contenedores pesados.
41t
Peso bruto · Acuerdo CentroamericanoLos pesos del dibujo son los que el Acuerdo Centroamericano da a cada grupo de ejes. Cada país fija los suyos: están en País por país. El peso bruto vehicular es el del conjunto completo, tal como lo ve la báscula: cabezal, chasis o furgón, contenedor y carga.
Un eje más no es toda la diferencia.Bajo el Acuerdo, el T3-S3 admite 4 t más de peso bruto que el T3-S2. Pero el chasis de 3 ejes también pesa más, así que la carga útil sube menos que eso. Las cuentas están en ¿Y cuánta carga puedo llevar?
GoTruck trabaja con chasis de 3 ejes propios y con una red de transportistas aliados verificados. Decinos el peso real de tu carga al cotizar y vemos con qué configuración sale. Las medidas de cada equipo están en Tipos y medidas de contenedores y en Furgones, plataformas y chasis.
La tabla completa del Acuerdo: peso por eje, largo, ancho y alto
| Concepto y cómo leerlo | Límite |
|---|---|
| Peso bruto vehicular, T3-S2Cabezal de 3 ejes con semirremolque de 2 ejes, con todo y carga. Es lo que marca la báscula. | 37 000 kg5 + 16 + 16 t |
| Peso bruto vehicular, T3-S3Cabezal de 3 ejes con semirremolque de 3 ejes, con todo y carga. | 41 000 kg5 + 16 + 20 t |
| Eje direccionalEl eje delantero del cabezal. | 5 000 kg |
| Eje simpleUn eje solo, de tracción o de semirremolque. | 9 000 kg |
| Eje doble (tándem)Dos ejes juntos: la tracción del cabezal de 3 ejes o el semirremolque de 2 ejes. | 16 000 kg |
| Eje triple (trídem)Tres ejes juntos: el semirremolque de 3 ejes. | 20 000 kg |
| Largo máximo (vehículo articulado)Cabezal y semirremolque enganchados, de punta a punta. | 22,40 m |
| Ancho máximoUn furgón de 53’ lo ocupa completo. | 2,60 m |
| Alto máximoDel suelo al punto más alto del conjunto. Un High Cube sobre chasis queda a pocos centímetros. | 4,15 m |
Dónde rige el Acuerdo y con qué norma pesa cada país
| País | Acuerdo Centroamericano y norma nacional |
|---|---|
| Costa Rica | Pendiente de aprobación legislativa. Se controla con el reglamento nacional.T3-S2 y T3-S3: pesos propios, distintos de los del AcuerdoNorma nacional: Decreto Ejecutivo 31363-MOPT |
| Nicaragua | Vigente.T3-S2 y T3-S3: los mismos pesos del AcuerdoNorma nacional: Ley 524 General de Transporte Terrestre (reformada por la Ley 616 de 2007) y su Reglamento |
| Honduras | No figura como depositado. Su reglamento nacional adoptó la misma tabla de pesos.T3-S2 y T3-S3: los mismos pesos del AcuerdoNorma nacional: Acuerdo Ejecutivo IHTT-02-2017 |
| El Salvador | Vigente.T3-S2 y T3-S3: los mismos pesos del AcuerdoNorma nacional: Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera |
| Guatemala | Vigente.T3-S2 y T3-S3: los mismos pesos del AcuerdoNorma nacional: Acuerdo Gubernativo 379-2010 |
| Panamá | Vigente. Sus normas siguen remitiendo a la ley nacional, con ancho y largo menores.T3-S2 y T3-S3: pesos propios, distintos de los del AcuerdoNorma nacional: Ley 10 de 24 de enero de 1989 |
La letra menuda del Acuerdo: 9 notas
- Aplica al tránsito internacional; el control en báscula lo hace cada país con su norma nacional (Arts. 32-33) y cada Estado aplica sus sanciones (Art. 38).
- T3-S2 = 5 + 16 + 16 t; T3-S3 = 5 + 16 + 20 t (Art. 12, Tabla 1). El largo de 22,40 m es el de los vehículos articulados (Art. 13, Tabla 2).
- Eje simple de 9 t en articulados (tracción del T2 y semirremolque); en camiones rígidos la tracción admite 10 t (C2) y el tándem 16,5 t (C3).
- Tolerancia (Art. 35): el Estado puede liberar el vehículo si no sobrepasa el 5 % del peso autorizado por eje ni el máximo por tipo de vehículo; con sobrecarga o desbalance no continúa hasta corregirlo.
- Permiso especial (Art. 11): solo para objetos largos o piezas no fraccionables; lo otorga cada país y vale para un solo viaje.
- Distancia mínima entre ejes extremos en T3-S2 y T3-S3: 14,40 m (Art. 14).
- La vigencia que informa SIECA es la del Protocolo de Modificación de 2002; la versión 2014, aprobada el 14-ago-2014, es la que SIECA indica como utilizada actualmente.
- Honduras adoptó la misma tabla de pesos por reglamento nacional; Maersk y Crowley la publican para Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua. Costa Rica y Panamá controlan con los valores de sus normas nacionales.
- Altura: un contenedor High Cube sobre chasis o un furgón de 53’ (≈4,11 m) quedan a pocos centímetros del máximo de 4,15 m; conviene medir el conjunto real (estimación propia).
Última revisión: setiembre de 2026. Aplica al tránsito internacional. En báscula, cada país controla con su norma nacional: revisá el bloque del país antes de cargar. La situación del Acuerdo en cada país es la que informa SIECA; la norma nacional completa está en el bloque de cada país. Ver las 5 fuentes
SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país); SIECA — Acuerdos y manuales técnicos; Maersk — Central America transport weight regulations (4-dic-2025); Crowley — Weight & dimension regulations for land transportation in Central America (10-dic-2025).
País por país: cada uno con su norma.
Un bloque por país: abrí el que necesitás. Cada uno trae la norma que aplica su autoridad, los límites por eje para T3-S2 y T3-S3, las medidas, la tolerancia, el permiso especial y las salvedades de cada dato. La etiqueta dice qué tan firme es la fuente.
Costa Rica
fuente oficial39t · T3-S245,5t · T3-S3
Norma: Decreto Ejecutivo 31363-MOPT, Reglamento de Circulación por Carretera con base en el Peso y las Dimensiones de los Vehículos de Carga, y sus reformas.
| Concepto | Costa Rica |
|---|---|
| Peso bruto vehicular, T3-S2 | 39 000 kg6 + 16,5 + 16,5 t |
| Peso bruto vehicular, T3-S3 | 45 500 kg6 + 16,5 + 23 t |
| Eje direccional | 6 000 kg |
| Eje simple | 10 000 kg |
| Eje doble (tándem) | 16 500 kg |
| Eje triple (trídem) | 23 000 kg |
| Largo máximo (vehículo articulado) | 21,00 m |
| Ancho máximo | 2,60 m |
| Alto máximo | 4,15 m |
Tolerancia en báscula
500 kg en vehículos o combinaciones de 2 a 4 ejes y 1 000 kg en los de 5 ejes o más, por eje o grupo de ejes; no es acumulativa ni permite exceder el peso máximo autorizado; sin multa ni transbordo (Art. 6).
Permiso especial · sobrepeso o sobredimensión
Permiso especial con validez máxima de 3 días hábiles y para un único viaje origen-destino (Arts. 25-27). La carga indivisible requiere permiso adicional y, si el peso total supera 51 t, autorización técnica del MOPT (Art. 28).
Salvedades y reglas de control en Costa Rica: 9 notas
- T3-S2 = 6 + 16,5 + 16,5 t; T3-S3 = 6 + 16,5 + 23 t. El peso máximo autorizado es la suma de los máximos por tipo de eje (Art. 13).
- Eje direccional: 6 t con llanta simple. Los valores de eje simple, tándem y trídem corresponden a llantas dobles; con llanta simple o mixta son menores: eje simple 6 t; tándem 13 t (simple) o 15 t (mixto); trídem 16,5 t (simple) o 20 t (mixto).
- Sobrepeso detectado: se prohíbe circular y el exceso se transborda en el sitio del pesaje o en la aduana, por cuenta del transportista (Arts. 35-37).
- Multa por exceso de carga: 122 597,53 colones desde el 1-ene-2026 (Ley 9078, Art. 145 inciso b); el monto se actualiza cada 1.º de enero.
- Escolta de la Policía de Tránsito y vehículo guía si la carga excede 3,65 m de ancho o 22 m de longitud (Art. 56).
- La carga puede sobresalir hasta 1 m por detrás y 0,40 m por lado sin superar 2,60 m de ancho total; nada por delante del parachoques (Art. 12).
- Furgón de 53’: el largo real del conjunto cabezal y furgón debe medirse frente al máximo de 21,00 m; no se verificó.
- Vehículos de placa extranjera: no pueden hacer transporte interno; en carga internacional portan la Tarjeta Centroamericana de Pesos y Dimensiones u otro documento habilitante (Art. 69).
- El Acuerdo Centroamericano está pendiente de aprobación legislativa en Costa Rica: rige el reglamento nacional, reformado en enero de 2025 y julio de 2026 sin cambio en estos valores.
Última revisión: setiembre de 2026. Valores tomados de las normas citadas, con las salvedades de cada dato. La autoridad de cada país los aplica y puede cambiarlos sin aviso: confirmá el peso máximo con tu ejecutivo de GoTruck antes de cargar. Ver las 4 fuentes
SINALEVI (PGR) — Decreto Ejecutivo 31363-MOPT, versión 9 de 9 (30-jul-2026); Imprenta Nacional — La Gaceta n.º 13 del 19-ene-2005 (Decreto 32191, Tablas 1 a 5); SINALEVI (PGR) — Ley 9078 de Tránsito, con cuadro de multas 2026; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país).
Ver Moín / Limón – San José (GAM) en el planificador de ruta
Nicaragua
37t · T3-S241t · T3-S3
Norma: Ley 524 General de Transporte Terrestre (reformada por la Ley 616 de 2007) y su Reglamento, Decreto 42-2005 (reformado por el Decreto 65-2007).
| Concepto | Nicaragua |
|---|---|
| Peso bruto vehicular, T3-S2 | 37 000 kg5 + 16 + 16 t |
| Peso bruto vehicular, T3-S3 | 41 000 kg5 + 16 + 20 t |
| Eje direccional | 5 000 kg |
| Eje simple | —Sin dato verificado: confirmalo con tu ejecutivo |
| Eje doble (tándem) | 16 000 kg |
| Eje triple (trídem) | 20 000 kg |
| Largo máximo (vehículo articulado) | 22,40 m |
| Ancho máximo | 2,60 m |
| Alto máximo | 4,15 m |
Tolerancia en báscula
Sin dato verificado. Confirmalo con tu ejecutivo antes de cargar.
Permiso especial · sobrepeso o sobredimensión
Permiso especial por viaje para carga especializada o sobredimensionada (Ley 616 de 2007, Art. 64, según reproducción no oficial); costo vigente no verificado.
Salvedades y reglas de control en Nicaragua: 6 notas
- Los 37 t (5 + 16 + 16) y 41 t (5 + 16 + 20) son firmes: provienen del Acuerdo Centroamericano, vigente para Nicaragua según SIECA, y coinciden con el diagrama de cargas del MTI y con el que publica Crowley (2025).
- Dato indicativo: el resto proviene de reproducciones no oficiales de textos de 2007-2008; no se pudo consultar ninguna fuente del MTI ni se verificaron reformas posteriores a 2007.
- Ancho, alto y largo: no verificados en fuente nicaragüense; se muestran los del Acuerdo Centroamericano.
- La norma remite los límites por eje a los diagramas que emite el MTI; el peso máximo permisible es el menor entre el del fabricante y el del diagrama.
- Certificado de Pesos y Dimensiones obligatorio para vehículos de más de 8 t de capacidad, con vigencia de 5 años y refrendo anual (texto de 2007).
- Vehículos de placa extranjera: deben adquirir la Boleta de Pesaje en el puesto fronterizo de ingreso; con exceso de carga, el excedente se trasiega o almacena por cuenta del transportista (texto de 2007).
Última revisión: setiembre de 2026. Datos indicativos: no todos salen de la norma oficial y el motivo está en las notas. Confirmalos antes de despachar. Ver las 6 fuentes
SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país); Leybook — reproducción de la Ley 616 (La Gaceta n.º 84, 7-may-2007); Leybook — reproducción del Decreto 65-2007 (La Gaceta n.º 128, 6-jul-2007); Material docente que reproduce el diagrama de cargas permisibles del MTI (aprox. 2008); Crowley — Weight & dimension regulations for land transportation in Central America (10-dic-2025).
Ruta Costa Rica – Nicaragua · Ver San José (GAM) – Managua en el planificador de ruta
Honduras
37t · T3-S241t · T3-S3
Norma: Acuerdo Ejecutivo IHTT-02-2017, Reglamento Especial del Sistema Nacional para el Control de Pesos y Dimensiones en Honduras.
| Concepto | Honduras |
|---|---|
| Peso bruto vehicular, T3-S2 | 37 000 kg5 + 16 + 16 t |
| Peso bruto vehicular, T3-S3 | 41 000 kg5 + 16 + 20 t |
| Eje direccional | 5 000 kg |
| Eje simple | —Sin dato verificado: confirmalo con tu ejecutivo |
| Eje doble (tándem) | 16 000 kg |
| Eje triple (trídem) | 20 000 kg |
| Largo máximo (vehículo articulado) | 22,40 m |
| Ancho máximo | 2,60 m |
| Alto máximo | 4,15 m |
Tolerancia en báscula
Variación excepcional de hasta 5 % del peso por eje (Art. 17); si el exceso no supera el 5 %, el vehículo continúa con la sanción de ley (Art. 43).
Permiso especial · sobrepeso o sobredimensión
Permiso Eventual Especial del IHTT para un solo viaje, solicitado con al menos 3 días de anticipación; por temporada, hasta 6 meses en actividades estacionales (Arts. 21 y 28).
Salvedades y reglas de control en Honduras: 10 notas
- Dato indicativo: el ancho y el alto no están escritos en el reglamento hondureño (se aplican por supletoriedad del Acuerdo Centroamericano) y el reglamento se leyó en una copia escaneada que no proviene del sitio del IHTT; los pesos por configuración sí constan en el reglamento (Art. 10).
- T3-S2 = 5 + 8 + 8 + 8 + 8 t; T3-S3 = 5 + 8 + 8 + 6,667 + 6,666 + 6,666 t. El T3-S3 es la combinación máxima sin permiso (Art. 10).
- Ancho de 2,60 m y alto de 4,15 m: el reglamento no los fija de forma expresa; se aplican por supletoriedad del Acuerdo Centroamericano (Art. 62). Es una inferencia jurídica, no un valor escrito en la norma hondureña.
- El reglamento se leyó en una copia escaneada con sellos que no proviene del sitio del IHTT; conviene confirmar con el IHTT la versión vigente (se anuncia una posible versión de 2019, no leída).
- Honduras no figura con el Acuerdo Centroamericano depositado, pero su reglamento adoptó la misma tabla de pesos.
- Exceso detectado: el vehículo no continúa ni regresa hasta retirar o redistribuir el exceso; la carga bajada y no retirada en 30 días calendario puede pasar al Estado (Art. 43).
- Perecederos: si el exceso no supera el 20 % del límite, el IHTT puede multar y permitir que el vehículo continúe con acompañamiento policial (Art. 45).
- Con permiso especial: circulación de día (6:00 a 18:00), no domingos ni feriados, máximo 10 km/h sobre puentes y sin pasar por puentes Bailey; el IHTT puede ajustar estas condiciones caso por caso (Arts. 23 y 29).
- El sobrepeso es infracción muy grave; la multa se fija en fracciones de salario mínimo: 1/4 la primera vez; 1/2 la segunda, con decomiso de la unidad hasta el pago; 2 salarios la tercera, con decomiso por 6 meses (Ley de Transporte Terrestre, Arts. 80 y 83). Monto en lempiras no verificado.
- Vehículos de placa extranjera: no pueden transportar mercancías dentro del territorio nacional (Arts. 53 y 56).
Última revisión: setiembre de 2026. Datos indicativos: no todos salen de la norma oficial y el motivo está en las notas. Confirmalos antes de despachar. Ver las 4 fuentes
IHTT — Acuerdo Ejecutivo IHTT-02-2017 (copia escaneada con sellos, alojada por Leyes.HN); IHTT — Ley de Transporte Terrestre de Honduras, Decreto 155-2015; SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país).
Ruta Costa Rica – Honduras · Ver San José (GAM) – Tegucigalpa en el planificador de ruta
El Salvador
37t · T3-S241t · T3-S3
Norma: Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera, Decreto Legislativo 367 de 2013.
| Concepto | El Salvador |
|---|---|
| Peso bruto vehicular, T3-S2 | 37 000 kg5 + 16 + 16 t |
| Peso bruto vehicular, T3-S3 | 41 000 kg5 + 16 + 20 t |
| Eje direccional | 5 000 kg |
| Eje simple | 9 000 kg |
| Eje doble (tándem) | 16 000 kg |
| Eje triple (trídem) | 20 000 kg |
| Largo máximo (vehículo articulado) | 22,40 m |
| Ancho máximo | 2,60 m |
| Alto máximo | 4,15 m |
Tolerancia en báscula
Variación de hasta 5 % en dimensión y en peso por eje, siempre que el peso bruto vehicular no exceda el máximo (Art. 21).
Permiso especial · sobrepeso o sobredimensión
Obligatorio para mercancías peligrosas y objetos indivisibles que sobrepasen pesos y dimensiones; lo emite la Dirección General de Transporte de Carga y la ruta autorizada no puede modificarse (Arts. 17 y 27).
Salvedades y reglas de control en El Salvador: 6 notas
- Dato indicativo: la ley remite los límites numéricos a un reglamento (Art. 18) que no se localizó. Los pesos, ejes y dimensiones mostrados son los del Acuerdo Centroamericano, vigente para El Salvador según SIECA; Maersk publica los mismos 37 t y 41 t.
- La tolerancia, el permiso especial y las reglas de control sí se verificaron en el texto de la ley.
- Exceso detectado: el vehículo no continúa ni regresa hasta retirar el exceso; previo pago de la sanción hay 24 horas para retirar el excedente; con exceso de 5 % o menos puede continuar (Art. 33).
- Responden por el peso el transportista y el propietario de la carga; en contenedores, furgones e isotanques provenientes de otros países, la línea naviera o el consignatario (Art. 23).
- Parada obligatoria en básculas fijas y móviles, con control aleatorio y selectivo; los vehículos vacíos pueden continuar (Arts. 28-32).
- Zonas urbanas: el vehículo urbano de carga no supera 12 m de longitud (Art. 53).
Última revisión: setiembre de 2026. Datos indicativos: no todos salen de la norma oficial y el motivo está en las notas. Confirmalos antes de despachar. Ver las 5 fuentes
Portal de Transparencia (VMT) — Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera, D.L. 367 de 2013; Portal de Transparencia (VMT) — listado de normativa vigente; SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país); Maersk — Central America transport weight regulations (4-dic-2025).
Ruta Costa Rica – El Salvador · Ver San José (GAM) – San Salvador en el planificador de ruta
Guatemala
37t · T3-S241t · T3-S3
Norma: Acuerdo Gubernativo 379-2010, Reglamento para el Control de Pesos y Dimensiones de Vehículos Automotores y sus Combinaciones.
| Concepto | Guatemala |
|---|---|
| Peso bruto vehicular, T3-S2 | 37 000 kg5 + 16 + 16 t |
| Peso bruto vehicular, T3-S3 | 41 000 kg5 + 16 + 20 t |
| Eje direccional | 5 000 kg |
| Eje simple | —Sin dato verificado: confirmalo con tu ejecutivo |
| Eje doble (tándem) | 16 000 kg |
| Eje triple (trídem) | 20 000 kg |
| Largo máximo (vehículo articulado) | 22,00 m |
| Ancho máximo | 2,60 m |
| Alto máximo | 4,15 m |
Tolerancia en báscula
No se permite sobrepeso; solo se admite 5 % de desbalance de carga entre ejes (según la Dirección General de Caminos, 2012).
Permiso especial · sobrepeso o sobredimensión
Carga especializada o indivisible: solicitud en Forma 1-83 ante la Dirección General de Caminos; la gestión toma 3 días para cargas menores de 55 t y hasta 15 días para mayores, y puede exigir escoltas y apuntalamiento de puentes (según la DGC, 2012).
Salvedades y reglas de control en Guatemala: 6 notas
- Los pesos y ejes mostrados son los de carga internacional (37 t = 5 + 16 + 16; 41 t = 5 + 16 + 20): son firmes, coinciden con el Acuerdo Centroamericano, vigente para Guatemala, y los publica Maersk.
- Carga seca nacional, según la Dirección General de Caminos (2012): T3-S2 37 960 kg (5 000 + 16 480 + 16 480) y T3-S3 42 080 kg (5 000 + 16 480 + 20 600). Cifras indicativas.
- Dato indicativo: las cifras nacionales, el largo, la tolerancia y los trámites provienen de una presentación de la DGC de 2012; el texto del A.G. 379-2010 no pudo leerse en la fuente oficial.
- Largo de 22,00 m según la DGC (2012): es menor que el del Acuerdo Centroamericano y se muestra como valor prudente; con furgón de 53’ debe medirse el conjunto real. Ancho y alto coinciden con el Acuerdo.
- Sobrepeso detectado: el vehículo no continúa hasta eliminar el exceso o corregir el desbalance; hay 24 horas para retirar el excedente y el personal de báscula no custodia la carga (según la DGC, 2012).
- Santo Tomás de Castilla: un aviso de naviera de 2015 indica que el puerto pesa los contenedores de exportación al ingreso y que el exceso se transborda o pasa a chasis de 3 ejes; vigencia actual no verificada.
Última revisión: setiembre de 2026. Datos indicativos: no todos salen de la norma oficial y el motivo está en las notas. Confirmalos antes de despachar. Ver las 5 fuentes
Dirección General de Caminos de Guatemala — presentación de oct-2012 (alojada por un tercero; no es el texto legal); SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país); Maersk — Central America transport weight regulations (4-dic-2025); Crowley — Guatemala export weight restrictions (16-mar-2015).
Ruta Costa Rica – Guatemala · Ver San José (GAM) – Ciudad de Guatemala en el planificador de ruta
Panamá
38,3t · T3-S243,9t · T3-S3
Norma: Ley 10 de 24 de enero de 1989, sobre pesos y dimensiones; la Ley 51 de 2017 y el Decreto Ejecutivo 229 de 2018 remiten a sus límites.
| Concepto | Panamá |
|---|---|
| Peso bruto vehicular, T3-S2 | 38 300 kg5,5 + 16,4 + 16,4 t |
| Peso bruto vehicular, T3-S3 | 43 900 kg5,5 + 16,4 + 22 t |
| Eje direccional | 5 500 kg |
| Eje simple | 10 000 kg |
| Eje doble (tándem) | 16 400 kg |
| Eje triple (trídem) | 22 000 kg |
| Largo máximo (vehículo articulado) | 16,70 m |
| Ancho máximo | 2,50 m |
| Alto máximo | 4,15 m |
Tolerancia en báscula
La Ley 10 de 1989 no prevé margen de tolerancia.
Permiso especial · sobrepeso o sobredimensión
Permiso Especial de Operación de la ATTT para cargas que superen la Ley 10: un solo viaje y un solo vehículo, validez máxima de 5 días hábiles, costo de B/.8,00, escolta obligatoria y ruta y horario fijados; se emite en 1 día hábil con la solicitud completa (Decreto Ejecutivo 229 de 2018, Arts. 27-38).
Salvedades y reglas de control en Panamá: 10 notas
- Los totales de 38 300 kg (T3-S2 = 5,5 + 16,4 + 16,4 t) y 43 900 kg (T3-S3 = 5,5 + 16,4 + 22,0 t) son la suma aritmética de los límites por eje, no una cifra escrita en la ley: la Ley 10 no publica totales por configuración y el peso autorizado lo fija el permiso de cada vehículo. Coinciden con una tabla de Georgia Tech Panamá.
- Dato indicativo por esos totales; los límites por eje y las dimensiones sí se verificaron en el texto de la Ley 10 de 1989.
- Ancho de 2,50 m y largo de 16,70 m para vehículos articulados (20,0 m para combinación de vehículos): son menores que los del Acuerdo Centroamericano, que SIECA da como vigente para Panamá desde 2017. Las normas panameñas de 2017 y 2018 siguen remitiendo a la Ley 10 y se aplican sus valores como criterio prudente.
- Un furgón de 53’ mide ≈2,60 m de ancho exterior y 16,15 m de largo sin el cabezal: supera el ancho de 2,50 m y, con el cabezal, el largo de 16,70 m, por lo que requeriría Permiso Especial de Operación (cálculo propio con ficha de fabricante).
- Eje delantero de 5,5 t en C3, C4, T2 y T3 (4 t en C2); remolques: 8 t por eje simple y 14,5 t en tándem.
- Exceso detectado: debe retirarse y el vehículo no continúa ni regresa; en báscula fija hay hasta 8 horas (más 4 para transbordo) para redistribuir la carga, por cuenta del infractor.
- Multas según la Ley 10 de 1989: de B/.25 a B/.150 por exceso en un eje o grupo de ejes, según las toneladas excedidas; montos actuales no confirmados.
- Vehículos de placa extranjera: deben cumplir la ley y no pueden hacer cabotaje.
- La carga no sobresale más de 1 m por delante ni por detrás, y lleva banderas rojas (Art. 14).
- El control, los permisos y las básculas corresponden a la Dirección de Transporte de Carga Terrestre de la ATTT; no se verificaron reformas posteriores a 2018.
Última revisión: setiembre de 2026. Datos indicativos: no todos salen de la norma oficial y el motivo está en las notas. Confirmalos antes de despachar. Ver las 6 fuentes
Ley 10 de 1989 (texto de LEGISPAN reproducido por Justia Panamá); Gaceta Oficial de Panamá n.º 28311-B — Ley 51 de 2017; Gaceta Oficial de Panamá n.º 28636-B — Decreto Ejecutivo 229 de 2018 (copia alojada por Georgia Tech Panamá); Georgia Tech Panama Logistics Innovation & Research Center — tabla de pesos y dimensiones; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país); Hyundai Translead — furgón seco Composite de 53’.
Ruta Costa Rica – Panamá · Ver San José (GAM) – Ciudad de Panamá en el planificador de ruta
¿Y cuánta carga puedo llevar? Restá las taras.
El límite legal es un peso bruto: incluye el camión. Lo que queda para la mercancía sale de una resta, y los dos primeros datos no dependen de vos: el país pone el límite y el equipo pone la tara.
Carga útil = peso bruto legal − cabezal − chasis o furgón − contenedor vacío
37 000kg
Peso bruto legal · T3-S2− 11 650kg
Cabezal y chasis de 2 ejes− 3 700kg
Contenedor≈ 21 600kg
Carga útil estimadaEjemplo documentado (40’ estándar, T3-S2, Acuerdo Centroamericano). Si la carga es refrigerada, también se restan el genset y su combustible. Y el resultado nunca puede pasar de la carga útil que marca la placa del contenedor.
Carga útil estimada por equipo
| Límite y configuración | 20’ estándar | 40’ estándar | 40’ HC | 40’ HC refrigerado | Furgón 53’ |
|---|---|---|---|---|---|
| Acuerdo CentroamericanoT3-S2 · límite bruto de 37 000 kg | 23 000–23 244 kg | 21 600 kg | 21 400 kg | 19 919 kg | 18 900–23 900 kg |
| Acuerdo CentroamericanoT3-S3 · límite bruto de 41 000 kg | 26 000–26 350 kg | 24 600 kg | 24 400 kg | 22 867 kg | — |
| Guatemala (carga seca nacional)T3-S2 · límite bruto de 37 960 kg | — | — | — | — | 23 400 kg |
| Costa RicaT3-S2 · límite bruto de 39 000 kg | 25 000 kg | 23 600 kg | 23 400 kg | — | 20 900–25 900 kg |
| Costa RicaT3-S3 · límite bruto de 45 500 kg | 28 200–28 300 kg | 26 600–28 800 kg | 26 600–28 800 kg | — | — |
| PanamáT3-S2 · límite bruto de 38 300 kg | 24 300 kg | 22 900 kg | 22 700 kg | — | — |
Supuestos de cada cifra: 6 límites, equipo por equipo
Acuerdo Centroamericano · T3-S2 · límite bruto de 37 000 kg
20’ estándar, 23 000–23 244 kg: 37 000 kg − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 2 300 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). El máximo es la cifra de esa misma tabla, no una confirmación independiente. Riesgo alto de exceder el tándem de 16 t. Aplica a Guatemala (carga internacional), El Salvador, Honduras y Nicaragua.
40’ estándar, 21 600 kg: 37 000 kg − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 3 700 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). Aplica a Guatemala (carga internacional), El Salvador, Honduras y Nicaragua.
40’ HC, 21 400 kg: 37 000 kg − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 3 900 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). Aplica a Guatemala (carga internacional), El Salvador, Honduras y Nicaragua.
40’ HC refrigerado, 19 919 kg: Dato de operador, no cálculo propio: carga máxima que Crowley publicó en 2015 para contenedor refrigerado de 40’ con su equipo en Guatemala, sobre chasis de 2 ejes (43 914 lb).
Furgón 53’, 18 900–23 900 kg: 37 000 kg − cabezal − furgón seco 6 060 kg (ficha de un fabricante). El rango corresponde a cabezales de 12 000 kg y de 7 000 kg; con uno de 8 500 kg da ≈22 400 kg. En Guatemala debe verificarse el largo total del conjunto frente a 22,00 m (según la DGC, 2012). Aplica a Guatemala (carga internacional), El Salvador, Honduras y Nicaragua.
Acuerdo Centroamericano · T3-S3 · límite bruto de 41 000 kg
20’ estándar, 26 000–26 350 kg: 41 000 kg − cabezal y chasis de 3 ejes 12 700 kg − contenedor 2 300 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). El máximo es la cifra de esa misma tabla, no una confirmación independiente. Aplica a Guatemala (carga internacional), El Salvador, Honduras y Nicaragua.
40’ estándar, 24 600 kg: 41 000 kg − cabezal y chasis de 3 ejes 12 700 kg − contenedor 3 700 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). Aplica a Guatemala (carga internacional), El Salvador, Honduras y Nicaragua.
40’ HC, 24 400 kg: 41 000 kg − cabezal y chasis de 3 ejes 12 700 kg − contenedor 3 900 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). Aplica a Guatemala (carga internacional), El Salvador, Honduras y Nicaragua.
40’ HC refrigerado, 22 867 kg: Dato de operador, no cálculo propio: carga máxima que Crowley publicó en 2015 para contenedor refrigerado de 40’ con su equipo en Guatemala, sobre chasis de 3 ejes (50 413 lb).
Guatemala (carga seca nacional) · T3-S2 · límite bruto de 37 960 kg
Furgón 53’, 23 400 kg: 37 960 kg (límite nacional según la DGC, 2012; cifra indicativa) − cabezal 8 500 kg − furgón seco 6 060 kg. Confianza baja. Debe verificarse el largo total del conjunto frente a 22,00 m (según la DGC, 2012).
Costa Rica · T3-S2 · límite bruto de 39 000 kg
20’ estándar, 25 000 kg: 39 000 kg − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 2 300 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala).
40’ estándar, 23 600 kg: 39 000 kg − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 3 700 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala).
40’ HC, 23 400 kg: 39 000 kg − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 3 900 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala).
Furgón 53’, 20 900–25 900 kg: 39 000 kg − cabezal − furgón seco 6 060 kg (ficha de un fabricante). El rango corresponde a cabezales de 12 000 kg y de 7 000 kg; con uno de 8 500 kg da ≈24 400 kg. Debe verificarse el largo total del conjunto frente a 21,00 m.
Costa Rica · T3-S3 · límite bruto de 45 500 kg
20’ estándar, 28 200–28 300 kg: Con 45 500 kg y cabezal y chasis de 3 ejes 12 700 kg el cálculo supera la placa del contenedor: el rango es la carga útil máxima de placa según fichas de ONE y Seaboard Marine. En 20’ el límite del grupo de ejes suele alcanzarse antes.
40’ estándar, 26 600–28 800 kg: Con 45 500 kg y cabezal y chasis de 3 ejes 12 700 kg el cálculo supera la placa del contenedor: el rango es la carga útil máxima de placa, conjunta para 40’ y 40’ HC según equipo (fichas de ONE y Seaboard Marine).
40’ HC, 26 600–28 800 kg: Con 45 500 kg y cabezal y chasis de 3 ejes 12 700 kg el cálculo supera la placa del contenedor: el rango es la carga útil máxima de placa, conjunta para 40’ y 40’ HC según equipo (fichas de ONE y Seaboard Marine).
Panamá · T3-S2 · límite bruto de 38 300 kg
20’ estándar, 24 300 kg: 38 300 kg (suma de límites por eje, no cifra de la ley) − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 2 300 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). Confianza baja.
40’ estándar, 22 900 kg: 38 300 kg (suma de límites por eje, no cifra de la ley) − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 3 700 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). Confianza baja.
40’ HC, 22 700 kg: 38 300 kg (suma de límites por eje, no cifra de la ley) − cabezal y chasis de 2 ejes 11 650 kg − contenedor 3 900 kg. Tara despejada de una tabla de Crowley de 2015 (equipo en Guatemala). Confianza baja.
Última revisión: setiembre de 2026. Cálculo propio y orientativo, no un límite legal. Depende de la tara real del equipo asignado: confirmá el peso máximo con tu ejecutivo de GoTruck antes de cargar. Ver las 8 fuentes
Maersk — Central America transport weight regulations (4-dic-2025); Crowley — Guatemala export weight restrictions (16-mar-2015); Seaboard Marine — Equipment; Hyundai Translead — furgón seco Composite de 53’; Hapag-Lloyd — Container Specification (03/2016); ONE — Container Specifications; SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SINALEVI (PGR) — Decreto Ejecutivo 31363-MOPT, versión 9 de 9 (30-jul-2026).
Con qué se hace la resta
Hacen falta dos datos: las taras del equipo y la placa del contenedor. Las taras de esta página son rangos documentados por navieras, fabricantes y arrendadoras; no son las del equipo que va a llegar a tu planta. La placa es un segundo límite: ningún contenedor se carga por encima de ella, aunque la carretera lo permita.
Taras de referencia: cabezal, chasis, furgones y genset
| Equipo y cómo entra en la cuenta | Tara de referencia |
|---|---|
| CabezalVa en toda configuración. | 7 000–12 000 kg |
| Chasis portacontenedor de 2 ejesCon el cabezal de 3 ejes forma el T3-S2. | 2 858–6 000 kg |
| Chasis portacontenedor de 3 ejesCon el cabezal de 3 ejes forma el T3-S3. | 3 719–8 000 kg |
| Furgón seco de 53’Ocupa el lugar del chasis y del contenedor. | 6 055–6 350 kg |
| Furgón refrigerado de 53’Ficha de una arrendadora; el máximo es con puerta enrollable. | 6 641–7 049 kg |
| Plataforma de 53’Valor único, de la ficha de una arrendadora. | 5 534 kg |
| GensetSin combustible. Se suma al conjunto cuando la carga es refrigerada. | 621–830 kg |
De dónde sale cada tara
- Supuestos documentados a partir de hojas de navieras, fabricantes y arrendadoras; no son datos de la flota de GoTruck y la tara real se confirma con el equipo asignado.
- Cabezal: rango aproximado que Maersk usa para Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua (dic-2025).
- Chasis: el mínimo es el de las fichas de fabricantes y de Seaboard Marine (≈2,9–3,4 t con 2 ejes y ≈3,7–3,9 t con 3 ejes en 40’ cuello de cisne); el máximo, el que Maersk usa para esos mismos países (6 t con 2 ejes y 8 t con 3 ejes).
- Furgones y plataforma: fichas de fabricantes y arrendadoras de EE. UU.; la plataforma es un valor único (53’, ±3 %).
- Genset: peso sin combustible, de undermount (621–717 kg) a clip-on (760–830 kg); con combustible añade ≈0,8–1,3 t al conjunto (cálculo propio), que se restan de la carga permitida.
Última revisión: setiembre de 2026. Taras: supuestos documentados, no datos de una flota. La tara real se confirma con el equipo asignado. Ver las 8 fuentes
Maersk — Central America transport weight regulations (4-dic-2025); Seaboard Marine — Equipment; Hyundai Translead — furgón seco Composite de 53’; Premier Trailer Leasing — Dry vans; Hyundai Translead — furgón refrigerado ThermoTech de 53’; Premier Trailer Leasing — Reefer vans; Premier Trailer Leasing — Flatbeds; Carrier Transicold — genset UG15 (undermount), especificaciones técnicas.
El contenedor vacío: tara, peso bruto y carga útil de placa
La tara y el peso bruto máximo vienen pintados en la puerta de cada contenedor, en su placa.
| Contenedor | Tara | Peso bruto de placaLa menor publicada | Carga útil de placa |
|---|---|---|---|
| Contenedor estándar de 20’ | 2 050–2 350 kg | 30 480 kg | 28 160–30 250 kg |
| Contenedor estándar de 40’ | 3 640–3 780 kg | 30 480 kg | 26 670–28 870 kg |
| Contenedor High Cube de 40’ | 3 700–3 950 kg | 30 480 kg | 26 560–28 800 kg |
| Contenedor refrigerado High Cube de 40’ | 4 300–4 800 kg | 34 000 kg | 29 200–29 700 kg |
Qué carga útil da cada placa
- 20’ estándar: Placa de 30 480 o 32 500 kg según la serie; rige la placa CSC de la unidad. Con 30 480 kg la carga útil es de 28 160 a 28 330 kg; con 32 500 kg, de 29 930 a 30 250 kg.
- 40’ estándar: Placa de 30 480 o 32 500 kg según la serie; rige la placa CSC de la unidad. Con 30 480 kg la carga útil es de 26 670 a 26 840 kg; con 32 500 kg, de 28 750 a 28 860 kg. El extremo mayor (28 870 kg) es de la ficha de Maersk, que no indica la placa.
- 40’ HC: Placa de 30 480 o 32 500 kg según la serie; rige la placa CSC de la unidad. Con 30 480 kg la carga útil es de 26 560 kg (Seaboard); con 32 500 kg, de 28 200 a 28 800 kg.
- 40’ HC refrigerado: Placa de 34 000 a 35 000 kg; rige la placa CSC de la unidad. Todas las series de Hapag-Lloyd marcan 34 000 kg; MSC publica 35 000 kg y la ficha de ONE suma 35 000 kg, con cargas útiles de 30 260 a 30 510 kg.
Última revisión: setiembre de 2026. Contenedores: rangos de fichas de navieras; rige la placa de cada unidad. Las medidas internas y el resto de equipos están en la página de tipos de contenedores. Ver las 6 fuentes
Hapag-Lloyd — Container Specification (03/2016); ONE — Container Specifications; MSC — Dry Cargo; Maersk — Equipment flyer; Maersk — Pesos y dimensiones en transporte terrestre de Centroamérica (04-dic-2025); Seaboard Marine — Equipment (2020).
Medidas internas, puertas y tarimas por equipo: Tipos y medidas de contenedores.
La ruta entera cuenta
Si la ruta cruza varios países, la carga se arma para el menor límite de todos. Está calculado ruta por ruta en Si cruzás fronteras.
Los ejes muerden antes que el total
Una carga mal repartida puede pasarse en un grupo de ejes aunque el peso bruto esté en regla. Con sobrecarga o desbalance, el camión no sigue hasta corregirlo.
La calculadora de carga hace esta resta con tu tarima, tu equipo y tu trayecto, y te dice qué te frena primero: el espacio o el peso. El planificador de ruta te da el peso bruto que manda en tu ruta, con sus fronteras y sus documentos.
Sobrepeso y sobredimensión: con permiso y con tiempo.
Cuando una pieza no se puede dividir y supera el peso o las medidas, no se improvisa: se pide un permiso especial antes de salir. En términos generales funciona igual en toda la región.
Solo para lo indivisible
El Acuerdo Centroamericano lo reserva a objetos largos y piezas que no se pueden fraccionar. Si la carga se puede dividir, se divide.
País por país, viaje por viaje
Lo otorga cada país y vale para un solo viaje. Una pieza que cruza varios países necesita el permiso de cada uno.
Con ruta y condiciones
El permiso fija la ruta y los horarios, y puede exigir escoltas o refuerzos en puentes.
En el Acuerdo: Permiso especial (Art. 11): solo para objetos largos o piezas no fraccionables; lo otorga cada país y vale para un solo viaje.
| País y norma | Permiso especial |
|---|---|
| Costa RicaDecreto Ejecutivo 31363-MOPT | Permiso especial con validez máxima de 3 días hábiles y para un único viaje origen-destino (Arts. 25-27). La carga indivisible requiere permiso adicional y, si el peso total supera 51 t, autorización técnica del MOPT (Art. 28).fuente oficial |
| NicaraguaLey 524 General de Transporte Terrestre (reformada por la Ley 616 de 2007) y su Reglamento | Permiso especial por viaje para carga especializada o sobredimensionada (Ley 616 de 2007, Art. 64, según reproducción no oficial); costo vigente no verificado. |
| HondurasAcuerdo Ejecutivo IHTT-02-2017 | Permiso Eventual Especial del IHTT para un solo viaje, solicitado con al menos 3 días de anticipación; por temporada, hasta 6 meses en actividades estacionales (Arts. 21 y 28). |
| El SalvadorLey Especial de Transporte de Carga por Carretera | Obligatorio para mercancías peligrosas y objetos indivisibles que sobrepasen pesos y dimensiones; lo emite la Dirección General de Transporte de Carga y la ruta autorizada no puede modificarse (Arts. 17 y 27). |
| GuatemalaAcuerdo Gubernativo 379-2010 | Carga especializada o indivisible: solicitud en Forma 1-83 ante la Dirección General de Caminos; la gestión toma 3 días para cargas menores de 55 t y hasta 15 días para mayores, y puede exigir escoltas y apuntalamiento de puentes (según la DGC, 2012). |
| PanamáLey 10 de 24 de enero de 1989 | Permiso Especial de Operación de la ATTT para cargas que superen la Ley 10: un solo viaje y un solo vehículo, validez máxima de 5 días hábiles, costo de B/.8,00, escolta obligatoria y ruta y horario fijados; se emite en 1 día hábil con la solicitud completa (Decreto Ejecutivo 229 de 2018, Arts. 27-38). |
Última revisión: setiembre de 2026. Trámites tal como constan en las normas citadas; plazos, costos y condiciones los fija la autoridad de cada país y pueden cambiar. Confirmalos antes de comprometer una fecha. Ver las 8 fuentes
SIECA / COMITRAN — Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras, versión 2014; SIECA — Situación actual de los protocolos (vigencia por país); SINALEVI (PGR) — Decreto Ejecutivo 31363-MOPT, versión 9 de 9 (30-jul-2026); IHTT — Acuerdo Ejecutivo IHTT-02-2017 (copia escaneada con sellos, alojada por Leyes.HN); Portal de Transparencia (VMT) — Ley Especial de Transporte de Carga por Carretera, D.L. 367 de 2013; Dirección General de Caminos de Guatemala — presentación de oct-2012 (alojada por un tercero; no es el texto legal); Ley 10 de 1989 (texto de LEGISPAN reproducido por Justia Panamá); Imprenta Nacional — La Gaceta n.º 13 del 19-ene-2005 (Decreto 32191, Tablas 1 a 5).
Si la báscula encuentra exceso
Fuera de la tolerancia que admita cada país, el camión no sigue: según las normas citadas, el excedente se retira, se redistribuye o se transborda antes de continuar, por cuenta del transportista o de quien responde por la carga. Los plazos y las sanciones de cada país están en su bloque de País por país.
La parada obligatoria en báscula consta de forma expresa en la norma de El Salvador; en los demás países esta página no la verificó.
Sobre los horarios de las básculas.Esta página no publica horarios de operación: no hay una fuente oficial que los confirme en ningún país. Lo prudente es cargar como si el camión se fuera a pesar en cada estación.
¿Tu pieza es larga, ancha o pesada? Contanos las medidas y el peso de la pieza más grande desde la cotización, para ver con qué equipo se mueve y qué permisos pide la ruta. El equipo para carga que no entra en un contenedor está en Furgones y plataformas.
Antes de cargar: confirmá esto.
Lo que conviene tener claro antes de que el camión llegue al andén. Con esto resuelto, la báscula deja de ser una sorpresa.
- El peso real de la carga, con tarimas y embalaje. No el del pedido ni el de la factura.
- La placa del contenedor: su tara y su peso bruto máximo, tal como vienen en la puerta.
- La configuración del equipo: chasis de 2 o de 3 ejes, y la tara real del cabezal y del chasis o furgón asignados.
- Todos los países de la ruta, no solo el de destino. Manda el más estricto.
- El reparto de la carga a lo largo del contenedor o del furgón: cada grupo de ejes tiene su límite.
- El genset y su combustible, si la carga es refrigerada: también pesan.
- El alto y el largo del conjunto real, si va en High Cube o en furgón de 53’.
- Los permisos, si la pieza no se puede dividir y se pasa de peso o de medidas. Se tramitan antes de salir, país por país.
- El peso declarado en los documentos: que sea el peso bruto real de la carga, el mismo en todos. Qué papel lleva ese dato está en Documentos: DUCA-T, carta de porte.
Declarar el peso real cuesta menos que un transbordo.Indicá el peso bruto de la carga desde la cotización. Si va al límite, se resuelve antes de salir: con otra configuración de ejes, con otro equipo o repartiendo la carga.
Preguntas frecuentes: mejor ahora que en la báscula.
¿Cuál es el peso máximo de un camión en Costa Rica?
Para un T3-S2 (cabezal de 3 ejes con semirremolque de 2 ejes), 39 000 kg de peso bruto; para un T3-S3 (semirremolque de 3 ejes), 45 500 kg. Es peso bruto: cuenta el cabezal, el chasis, el contenedor y la carga. El conjunto no puede medir más de 21,00 m de largo, 2,60 m de ancho y 4,15 m de alto, según el Decreto Ejecutivo 31363-MOPT; el detalle por eje está en el bloque de Costa Rica.
¿Cuánto peso puede llevar un contenedor de 40’ por carretera?
Depende del país y de los ejes del chasis, porque la báscula pesa también el cabezal, el chasis y el contenedor vacío. Como estimación, con los pesos del Acuerdo Centroamericano (Nicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala) un 40’ estándar lleva cerca de 21 600 kg sobre chasis de 2 ejes y cerca de 24 600 kg sobre chasis de 3 ejes; en Costa Rica, cerca de 23 600 kg con 2 ejes y, con 3 ejes, lo que permita la placa del contenedor (26 600–28 800 kg, según la unidad). Son cálculos con taras de referencia, no límites legales: la tabla completa y sus supuestos están en ¿Y cuánta carga puedo llevar?
¿El peso máximo es el mismo en toda Centroamérica?
No. El Acuerdo Centroamericano fija 37 t para el T3-S2 y 41 t para el T3-S3 en tránsito internacional, pero cada país controla en báscula con su propia norma: Nicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala aplican esos mismos pesos; Costa Rica (39 t y 45,5 t) y Panamá (38,3 t y 43,9 t, dato indicativo) tienen los suyos. Las medidas tampoco coinciden en todos, y en una ruta que cruza varios países manda el más estricto.
¿Qué diferencia hay entre T3-S2 y T3-S3?
Los ejes del semirremolque: T3-S2 es un cabezal de 3 ejes con un chasis o furgón de 2 ejes, y T3-S3 lleva un semirremolque de 3 ejes. Con el tercer eje la norma permite más peso bruto: bajo el Acuerdo Centroamericano, 41 t en lugar de 37 t. Pero el chasis de 3 ejes también pesa más: en la estimación de un 40’ estándar, la carga útil sube 3 000 kg, no 4 000 kg.
¿Puede un furgón de 53’ circular en Panamá?
Lo prudente es contar con que necesita permiso: la Ley 10 de 24 de enero de 1989 fija 2,50 m de ancho y 16,70 m de largo para vehículos articulados, menos que el Acuerdo Centroamericano (2,60 m y 22,40 m). Un furgón de 53’ supera ese ancho y, con el cabezal, ese largo, por lo que requeriría un Permiso Especial de Operación (el detalle está en el bloque de Panamá). Es un cálculo propio con la ficha de un fabricante: confirmalo antes de despachar.
¿Hay tolerancia en la báscula?
Depende del país, y en ninguno es un margen para cargar de más.
Costa Rica: 500 kg en vehículos o combinaciones de 2 a 4 ejes y 1 000 kg en los de 5 ejes o más, por eje o grupo de ejes; no es acumulativa ni permite exceder el peso máximo autorizado; sin multa ni transbordo (Art. 6).
Nicaragua: sin dato verificado; confirmalo con tu ejecutivo.
Honduras: variación excepcional de hasta 5 % del peso por eje (Art. 17); si el exceso no supera el 5 %, el vehículo continúa con la sanción de ley (Art. 43).
El Salvador: variación de hasta 5 % en dimensión y en peso por eje, siempre que el peso bruto vehicular no exceda el máximo (Art. 21).
Guatemala: no se permite sobrepeso; solo se admite 5 % de desbalance de carga entre ejes (según la Dirección General de Caminos, 2012).
Panamá: la Ley 10 de 1989 no prevé margen de tolerancia.
¿Qué pasa si la báscula detecta sobrepeso?
Fuera de la tolerancia que admita cada país, el camión no sigue: según las normas citadas en esta página, el exceso se retira, se redistribuye o se transborda antes de continuar, por cuenta del transportista o de quien responde por la carga. Además puede haber sanción, que fija cada país. No hay una fuente oficial que diga qué básculas operan ni en qué horario: lo prudente es cargar como si el camión se fuera a pesar en cada estación.
¿Un contenedor High Cube pasa la altura máxima?
Queda muy justo: el alto máximo es de 4,15 m en los seis países y en el Acuerdo Centroamericano. Como cálculo indicativo, sobre chasis cuello de cisne queda a ≈ 4,115 m, 3,5 cm por debajo del máximo de 4,15 m del Acuerdo Centroamericano; sobre plataforma estándar (≈ 4,41 m) lo excede. La altura real depende del chasis asignado: conviene medir el conjunto antes de salir.
¿Vas justo de peso? Contanos.
Decinos qué cargás, cuánto pesa y qué países cruza. Vemos con vos el equipo y la configuración de ejes para esa ruta.